La protección de las marcas en el Perú es esencial para mantener la identidad y la reputación de los negocios. En este artículo, detallaremos el proceso de infracción de marcas, el papel del INDECOPI, las sanciones aplicables, los medios probatorios necesarios y las alternativas ante un fallo adverso. Con más de 15 años de experiencia, el estudio jurídico Trademark se especializa en la gestión y resolución de estos casos.
Marco Normativo
La protección de las marcas en el Perú se rige principalmente por la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina y el Decreto Legislativo 1075. Estos documentos establecen las bases para la protección de los derechos de propiedad intelectual y el procedimiento a seguir en caso de infracción.
Decisión 486: La Decisión 486, en sus artículos 155 y siguientes, define la infracción de marca y establece los derechos exclusivos conferidos por el registro de una marca.
Decreto Legislativo 1075: Este decreto complementa la normativa andina, desarrollando aspectos procesales y sancionadores aplicables en el ámbito nacional.
Proceso de Infracción ante el INDECOPI
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) es la entidad encargada de la protección de marcas en el Perú. El proceso de infracción de marca ante el INDECOPI consta de varias etapas, cada una con plazos específicos que deben ser respetados.
- Denuncia: El titular de la marca debe presentar una denuncia formal ante el INDECOPI, detallando la infracción y proporcionando evidencia inicial. Según el artículo 19 del Decreto Legislativo 1075, la denuncia debe ser acompañada de los siguientes documentos:
- Copia del certificado de registro de la marca.
- Descripción detallada de la infracción.
- Pruebas que respalden la denuncia.
Plazo: El INDECOPI tiene un plazo de 10 días hábiles para admitir o rechazar la denuncia.
- Notificación: Una vez admitida la denuncia, el INDECOPI notifica al presunto infractor, quien tiene un plazo para presentar sus descargos y pruebas de descargo.
Plazo: El infractor tiene 10 días hábiles para presentar sus descargos.
- Investigación y Pruebas: Durante el proceso, ambas partes pueden presentar pruebas adicionales. Es crucial presentar pruebas sólidas como registros de marca, facturas, comunicaciones comerciales y testimonios. El INDECOPI puede también realizar inspecciones y solicitar peritajes.
Plazo: Las partes tienen un plazo de 30 días hábiles para presentar pruebas adicionales.
- Resolución: El INDECOPI evaluará las pruebas y argumentos presentados y emitirá una resolución. Si se determina que hubo infracción, se impondrán sanciones y medidas correctivas.
Plazo: El INDECOPI tiene un plazo de 90 días hábiles para emitir una resolución desde la presentación de los descargos.
El plazo en primera instancia dura 9 meses aproximadamente
Multas y Sanciones
El INDECOPI puede imponer diversas sanciones en caso de determinar una infracción de marca:
- Multas: Las multas pueden variar dependiendo de la gravedad de la infracción y los daños causados. Según el artículo 222 del Decreto Legislativo 1075, las multas pueden ascender hasta 150 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), lo que equivale aproximadamente a S/ 690,000.
- Cese de Uso: Ordenar al infractor cesar el uso de la marca infractora.
- Indemnización de Daños: El infractor puede ser obligado a indemnizar al titular de la marca por los daños y perjuicios causados.
Medios de Prueba
Para tener éxito en un caso de infracción de marca, es esencial presentar pruebas contundentes. Entre los medios de prueba más efectivos se incluyen:
- Registro de la Marca: Copia certificada del certificado de registro de la marca.
- Pruebas de Uso: Documentos que demuestren el uso continuo y efectivo de la marca en el comercio. Esto puede incluir facturas, etiquetas de productos, material publicitario, etc.
- Facturas y Contratos: Facturas, contratos y otros documentos comerciales que evidencien la utilización de la marca.
- Testimonios y Peritajes: Testimonios de clientes, proveedores o expertos que puedan acreditar la infracción y el daño causado.
Jurisprudencia
Casos recientes han sentado precedentes importantes sobre la interpretación y aplicación de la normativa de marcas en Perú. Un ejemplo notable es el caso de “Industrias Alimenticias Galletera S.A. vs. Dulces Peruanos S.A.”. En este caso, el INDECOPI determinó que el uso de una marca similar en productos del mismo rubro constituía una infracción, ordenando al infractor cesar el uso de la marca y pagar una indemnización significativa.
Alternativas ante un Fallo Adverso
En caso de un fallo adverso, existen varias alternativas que pueden considerarse:
- Apelación: Presentar un recurso de apelación ante el Tribunal del INDECOPI dentro del plazo establecido. El plazo para apelar es de 15 días hábiles desde la notificación de la resolución.
- Acuerdo Extrajudicial: Negociar un acuerdo extrajudicial con el infractor para evitar mayores conflictos y costos. Esta opción puede ser beneficiosa para ambas partes, permitiendo resolver el conflicto de manera más rápida y eficiente.
- Modificación de la Marca: Considerar la modificación o rebranding de la marca para evitar futuras controversias. Esta medida puede ser necesaria si se desea evitar largos litigios y garantizar la continuidad del negocio sin problemas legales.
En Trademark, contamos con más de 15 años de experiencia en la gestión de casos de infracción de marcas. Nuestro equipo de abogados está preparado para asesorarle y representarle eficazmente ante el INDECOPI y en cualquier instancia judicial, garantizando la protección de sus derechos de propiedad intelectual. Hemos manejado numerosos casos con éxito, brindando soluciones efectivas y estratégicas a nuestros clientes.
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